Acoso laboral / Mobbing

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El acoso laboral o «mobbing» es un asunto a la orden del día. Éste queda definido por conductas que buscan ningunear, hostigar, atemorizar, asediar, atosigar, vejar, perseguir o humillar al trabajador. Otras formas de violencia en el trabajo pueden ser la realización forzosa de actividades improductivas o la eliminación de las funciones del trabajador, aislándolo y señalándolo frente a los demás.

Entre las consecuencias de este tipo de violencia laboral se encuentran el desarrollo de síntomas depresivos, ansiosos, traumáticos y de burnout, entre otros. En situaciones de maltrato laboral o despido improcedente, el trabajador puede efectuar una reclamación y, en ocasiones, solicitar una indemnización por este acoso laboral. Es recomendable que esta solicitud se realice junto a un informe de acoso laboral que certifique que dicho daño se ha producido. Este informe no sería un informe médico de atención primaria al uso o de un mutua, sino que se trataría de un informe pericial específico para la situación de maltrato laboral.

El Instituto de Psicología Forense y Legal cuenta con especialistas en materia de evaluación de la afectación psicológica, daño psicológico y daño moral asociados al acoso en el trabajo, así como credibilidad del testimonio, pieza clave en el proceso. Asimismo, en algunos casos, el moobing puede derivar en baja laboral por problemas psicológicos y secuelas duraderas. Es pues pertinente, certificar que ese daño se ha producido, cuantificarlo y relacionarlo (causa y efecto) al acoso a través de un informe psicológico sobre acoso laboral.

Cabe recordar que en suma a la evaluación y realización del informe forense, el Instituto de Psicología Forense y Legal ofrece una primera consulta totalmente gratuita, asesoramiento  y ratificación en juicio.